DERECHO PENAL

ANTECEDENTES PENALES.

 

Los antecedentes penales son los registros que lleva la autoridad la autoridad penitenciaria respecto de los procesos que se instruyen contra alguna persona, o de las condenas impuestas a los ya sentenciados.

Los antecedentes penales tienen su fundamento en el artículo 27, fracción V, inciso G), de la Ley Nacional de Ejecución Penal.

Dichos antecedentes se cancelará, entre oros casos, cuando la persona sentenciada cumpla con la pena que se le impuso en sentencia por delitos no graves.

Sin embargo, no se cancelarán los antecedentes si la sentencia que compurgó y dictó fue por delitos graves.

NOTICIAS

En sesión de 14 de enero de 2026, la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró la constitucionalidad del artículo 27, fracción V, inciso G), de la Ley Nacional de Ejecución Penal, donde ese establece en tratándose de delitos graves, no se cancelará los antecedentes penales de la, persona que haya Con purgado la pena si se trata de delitos graves ( Amparo en Revisión 637/2023)